Adjudicación WC

NORMAS SOBRE LA ADJUDICACIONES DE W.C.

  

A.- La Federación es libre de adjudicar los W.C. que tiene a su disposición a los Jugadores/as que estime conveniente, solamente sujetándose a que sean de las categorías de cuyo campeonato se trate o como máximo de la inmediata inferior. Los W.C.  adjudicados por la Federación serán comunicados al Juez Arbitro del correspondiente Campeonato o Torneo del que se trate.

B.- Cuando la Federación no haga uso de alguno de los W.C. o en su caso de los Dos (2) a los que tiene derecho, los podrá adjudicar el Juez Arbitro siguiendo las normas siguientes:

B1. Tendrán mejor derecho los Jugadores/as de la Categoría del Campeonato en cuestión, sobre los que sean de Categorías Inferiores, aun teniendo peor Ranking.

B2. Los Jugadores de la Categoría solicitantes de los W.C. disponibles, no adjudicados por la Federación, tendrán mejor derecho, los que hayan disputado el Provincial correspondiente, frente a los que no lo hayan disputado su Provincial, aunque tengan peor Ranking.

B3. Cuando haya varios Jugadores/as, que siendo de la Categoría del Campeonato en curso y todos hayan jugado el Provincial correspondiente, es decir, que están en igualdad de circunstancias, entonces entraran al cuadro los Jugadores/as de mejor Ranking.

Extracto de Normas Actualizadas de la Federación de Tenis de Castilla  La Mancha

 

ENRIQUE CAMPILLO GIL

Presidente Federación de Tenis de CLM